Rehabilitación de viviendas y barrios
El Plan Vive de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030 contempla un conjunto de programas para la rehabilitación residencial, entre ellos, el Programa de rehabilitación de viviendas y el Programa de rehabilitación de edificios, que tienen entre sus finalidades el fomento de la mejora de la accesibilidad en viviendas y en edificios de tipología residencial colectiva, respectivamente.
Objetivos
Los objetivos que persiguen las actuaciones de rehabilitación son múltiples:
- Garantizar la seguridad estructural de los edificios y viviendas.
- Optimizar las condiciones de habitabilidad de viviendas individuales.
- Adaptar las viviendas para su uso a personas mayores o con discapacidad.
- Mejora de la eficiencia energética y la accesibilidad de los edificios y las viviendas.
Subvenciones
- Línea 1. Subvenciones para la mejora de la accesibilidad en viviendas
- Línea 2. Subvenciones para la mejora de la accesibilidad en edificios de tipología residencial colectiva
Actuaciones en entornos residenciales de Rehabilitación Programada
El objetivo de la declaración y delimitación de estos entornos es la realización de obras de rehabilitación en edificios de uso predominante residencial y viviendas, incluidas las unifamiliares y de urbanización o reurbanización de espacios públicos.
La Administración local o autonómica realizará esta declaración, como requisito previo para poder acudir a ayudas públicas.
Requisitos de los Entornos Residenciales de Rehabilitación programada (ERRP)
- Tratarse de un barrio o zona delimitada territorialmente por acuerdo de la administración autonómica o local correspondiente. Podrá ser continuo o discontinuo.
- Al menos el 50 % de la superficie construida sobre rasante, pudiéndose excluir las plantas bajas o plantas inferiores destinadas a otros usos compatibles, existente dentro de los Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP) o de la edificabilidad resultante según el planeamiento vigente, deberá tener como uso principal el residencial de vivienda.